Tigre Municipio
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Rifas

REQUISITOS
  • La entidad de bien público que requiera autorización para realizar rifa, deberá presentarse ante la Dirección General de Habilitaciones de Comercios e Industrias. Allí se le asesorará de todos los requisitos exigidos por la Ley 9403 con las modificaciones introducidas por la Ley 11.349 (Decretos 2103/81, 1342/84 y 890/97).
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE?
  • Entidades de bien público
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PRESENTAR?
  • Certificado de inscripción y funcionamiento del Registro Municipal de Entidades.
  • Nota detallando monto, premios, emisión de billetes y series, fecha del o los sorteos, por qué acto se sortea, domicilio de cobro de premios, forma de venta y cobranza.
  • Copia del Acta autorización de la rifa y donde se establezca la responsabilidad solidaria de los miembros de Comisión Directiva por la emisión de la misma, firmado por todos los integrantes.
  • Aclaración del destino que se le dará a los premios que por alguna causa no resulten adjudicados.
  • Detalle donde conste que el valor de los premios no es inferior al veinticinco por ciento del valor total de la recaudación
  • Los formularios y/o comprobantes necesarios se emitirán al momento de realizar el trámite.
¿DÓNDE SE REALIZA?

Palacio Municipal - Dirección General de Habilitaciones de Comercios e Industrias

Av. Cazón 1514 y Bourdieu (acceso por Bourdieu 543), Tigre

Lunes a viernes de 8 a 14hs

Puede comunicarse al (011) 4512-4435

Certificado de obra final
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